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Fondos y colecciones
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Archivo ducal de la Casa del Infantado
ES 28079 ARCM 203 · Fondo · 1346-1944

Forman parte de los Fondos madrileños del Archivo Ducal de la Casa del Infantado los documentos producidos o reunidos por los duques del Infantado en la organización y administración de dos instituciones ubicadas en el territorio madrileño vinculadas, desde su origen, a dicho linaje: Condado del Real de Manzanares y Hospital de San Salvador.

Los documentos relativos al CONDADO DEL REAL DE MANZANARES tienen un volumen de 3 ml y 13 carpetas de planeros y se organizan en 260 registros de información fechados entre los años 1346 y 1885, por lo que abarcan un amplio periodo cronológico que se inicia en momentos anteriores a la formación del antiguo señorío nobiliario, y luego condado, y finaliza en momentos posteriores a la abolición del régimen señorial en el siglo XIX.

Son muy numerosos (75 % del total de registros asociados al Condado) los documentos relacionados con el ejercicio por parte de los titulares de la Casa del Infantado de derechos jurisdiccionales sobre el territorio del Real de Manzanares.

Por el volumen y antigüedad de los documentos, es preciso señalar los pleitos entre los duques del Infantado y la villa de Madrid, sobre la jurisdicción de las villas y lugares del Real de Manzanares, y sobre el aprovechamiento de los recursos forestales de la zona.

Los litigios por estas causas se suceden en el tiempo desde finales del siglo XIV hasta bien entrado el siglo XVI, bajo el argumento por los titulares del condado de que les corresponden todos los derechos de jurisdicción sobre el término del Real de Manzanares, en razón del mayorazgo fundado sobre el mismo, mientras que el concejo de Madrid defiende los derechos de uso y explotación de los montes, prados y pastos comunes y concejiles, que supone que los ganados y pobladores de la villa de Madrid puedan entrar a pacer las hierbas, beber las aguas, cortar leña y madera de los montes y hacer carbón.

Para hacer uso de sus derechos de aprovechamiento comunal, los concejos disponen la construcción de “cercas”, determinando los límites entre los pastizales (dehesas, ejidos y prados) y las tierras de labranza, ocasionando enfrentamientos con el señor cuando procede al derribo de los cercados.

Los pleitos se llevan en principio por la justicia ordinaria, quien da sentencia a favor de la villa de Madrid, pero, posteriormente los duques recurren en segunda instancia a la Chancillería de Valladolid, y de forma excepcional, por su condición de nobleza, a la Sala de 1500 de la Real Audiencia y Chancillería de Granada, alegando que en el traslado del proceso desde Valladolid hasta Granada y en el traslado de los documentos aportados como prueba faltan ciertas probanzas y las escrituras aportadas por la villa de Segovia, importantes para su defensa.

Todos los documentos relacionados con este tema se encuentran en la sección denominada Jurisdicción señorial, y dentro de ésta formando parte de las series documentales Apeos, Concesiones reales sobre jurisdicción, Convenios y Pleitos, en función de su contenido.

Entre todos ellos figura un pergamino de gran formato, fechado en 1346, en el que se da testimonio del apeo y amojonamiento entre el Real de Manzanares y la villa de Madrid, en función de las cartas y privilegios otorgados a dichos lugares por los reyes anteriores, así como 6 documentos, fechados entre los años 1390 y 1417, en los que se reconoce el privilegio de señorío concedido por los monarcas a la Casa de Mendoza.

Además, figuran una serie de legajos sin fecha alguna que contiene notas, apuntes y borradores, algunos de ellos en latín, así como copias sin autorizar y traslados autorizados de documentos presentados en los procesos, sobre los cuales es posible interpretar que pertenecieron a los letrados del Consejo señorial de la Casa del Infantado en el ejercicio de sus funciones judiciales.

Sin embargo, los documentos reflejan como la solución a gran parte de estos conflictos se produjo, de forma curiosa, sin la intervención de los tribunales de justicia, mediante convenios y acuerdos que se establecieron durante el último tercio del siglo XV y principios del XVI entre ambas partes.

También se convierten en objeto de disputa las cuestiones relacionadas con el pago de derechos señoriales por parte de los pobladores de las villas que formaban el Real de Manzanares, siendo muy numerosos los documentos que aluden a los derechos de pontazgo ejercidos sobre el puente que cruza el río Manzanares en la villa del mismo nombre, los de portazgo sobre el puerto de Guadarrama, y los derechos sobre la explotación de los ventisqueros de las villas de Manzanares, Chozas y Porquerizas.

Todos ellos se encuentran agrupados en la sección de Jurisdicción señorial encuadrados, según su contenido, en diferentes series: arrendamiento de derechos jurisdiccionales, concesiones de exención de impuestos, correspondencia, disposiciones reales sobre jurisdicción e informes.

Señalar la persistencia de los duques en el cobro de este tipo de rentas en los años posteriores a la abolición de los derechos jurisdiccionales establecida en la Ley de 26 de agosto de 1837.

Otro tema que se repite en los documentos de este fondo es el de las negociaciones entre la Casa del Infantado y el Consejo de la Mesta para determinar el paso de ganado y los derechos que ello conlleva por los términos del Real de Manzanares, siguiendo la ruta de las cañadas que llevaban a los ganados trashumantes desde el Norte hacia el Sur peninsular.

En este caso, los documentos, agrupados en la sección de jurisdicción señorial, están fechados entre los siglos XV y XVI y adoptan en unos casos forma de pleitos, siendo más numerosos los referidos a convenios entre ambas partes, lo que demuestra la importancia política y económica del Concejo de la Mesta para la corona castellana.

Aparecen también documentos relacionados con pleitos dinásticos que enfrentan a diferentes ramas del linaje de la Casa del Infantado por la posesión del condado del Real de Manzanares, que se encuentran situados en la serie pleitos por títulos y mayorazgos en la sección genealogía, títulos y mayorazgos.

El primero de estos procesos está formado por un total de 12 registros de información, fechados entre los años 1405 y 1423, se refieren al pleito que tuvo lugar entre los herederos de Diego Hurtado de Mendoza, y que enfrenta, por una parte a Aldonza de Mendoza, condesa de Trastámara e hija de su primer matrimonio con María Enríquez de Castilla, y por otra a Iñigo López de Mendoza, hijo menor de su segundo matrimonio con Leonor de la Vega.

Como resultado, Aldonza consigue retener en su poder el Castillo de Manzanares y los bienes vinculados a éste, si bien, tras su fallecimiento en 1435 revierten a manos de su hermanastro.

El segundo está formado por un solo registro de información, fechado en 1475, referido al litigio entre María de Luna, condesa de Saldaña y esposa de Iñigo López de Mendoza, y Beltrán de la Cueva, duque de Alburquerque, por la posesión de las villas de Mombeltrán y La Adrada.

Tras la caída en desgracia, muerte en el cadalso y apropiación de territorios pertenecientes a Don Álvaro de Luna, su esposa y madre de María de Luna, Juana Pimentel inicia un proceso de recuperación de rentas y posesiones procedentes de su herencia paterna para sus hijos, lo que provoca el enfado del rey Enrique IV quien concede en señorío las villas de Mombeltrán y La Adrada al duque de Alburquerque.

En tercer lugar, y formando también un solo registro fechado en 1850, se encuentran los documentos referidos al pleito entre los herederos de Pedro de Alcántara de Toledo y Salm-Salm, XIII duque del Infantado, que enfrentó, por un lado, al considerado su legítimo sucesor Pedro de Alcántara Téllez-Girón, XIV duque del Infantado, y por otro a Manuel de Toledo y Lesparre, hijo natural del duque fruto de su relación con Manuela Lesparre y Silva, y posteriormente legalizado.

Dicho proceso se resuelve amistosamente entre ambos correspondiendo a Manuel de Toledo el titulo de duque de Pastrana, así como la recepción de las rentas de Chamartín y del Real de Manzanares. Esta circunstancia explica que los documentos pertenecientes a este fondo fechados entre los años 1850 y 1885, tengan como autor al duque de Pastrana.

De gran interés son los documentos agrupados en la sección Patronato de Obras Pías, en la cual se incluyen todos aquellos referidos al HOSPITAL DE SAN SALVADOR, con un volumen de 1,7 ml. y 1 carpeta de planero, se organizan en 198 registros, fechados entre los años 1454 y 1944, en los que se refleja la función de patronazgo ejercida por la casa ducal del Infantado desde su fundación hasta el inicio del siglo XX.

En función de su antigüedad y contenido, es posible establecer dos grupos de documentos:

Un primer grupo estaría formado por los documentos más antiguos, fechados entre los siglos XV al XVIII, que agrupa a documentos singulares, que no forman grandes series, pero que aportan datos esenciales referidos a la fundación, funcionamiento, rentas y privilegios vinculados al Hospital de San Salvador.

Destacar, dentro de este primer grupo, la serie denominada Disposiciones eclesiásticas, formada por 8 documentos fechados entre los años 1454 y 1541, emanados de la cancillería pontificia o episcopal en los que se conceden diversas facultades a los rectores o se permite la vinculación de rentas y beneficios eclesiásticos al Hospital.

Al interés histórico de estos documentos, se suma el hecho de que 3 de ellos están fechados en momentos anteriores al incendio ocurrido en el castillo de Buitrago durante el cual, como se cita repetidamente en los documentos posteriores, se queman los documentos relativos al Hospital de San Salvador que se custodiaban en una de las torres del castillo.

La bibliografía consultada relativa al castillo de Buitrago detalla que el incendio se produce en 1536, según se desprende de un documento custodiado en el Archivo Histórico Nacional (Osuna C. 1650, nº 2), sin embargo, en una de las bullas custodiadas en este fondo fechada en 1534, ya se hace referencia a este hecho, puesto que recoge la comisión encargada por Pablo III al obispo de Segovia de que investigue e informe sobre la pérdida, tras el incendio, de los documentos que justifican las rentas eclesiásticas del Hospital.

Son numerosos los documentos que reflejan la preocupación de los rectores del Hospital y de los propios duques del Infantado por legitimar, mediante confirmaciones eclesiásticas, los antiguos beneficios y rentas que disfrutaba la obra pía, de forma que su cobranza y aprovechamiento no se ponga en duda, dando lugar a nuevas bullas, cartas episcopales, informaciones de testigos, certificaciones, testimonios, etc.

El ejercicio de las funciones del patronazgo por los duques del Infantado está también presente en otras series como las disposiciones de patronos y estatutos de obras pías, que determinan el funcionamiento, atribuciones del personal y servicios asistenciales prestados por el centro.

En la serie denominada nombramientos, aparecen documentos vinculados al nombramiento de los rectores del Hospital, cuyo ejercicio correspondía en los patronatos de legos a los patronos (derecho de presentación) y al obispo diocesano (derecho de nombramiento o colación).

Relacionadas con la administración económica del Centro, figuran los censos a favor de la obra pía, serie compuesta por 45 registros fechados entre los años 1519 y 1909, formada por legajos y carpetillas que contiene en su interior documentos múltiples referidos a un determinado censo (escrituras de fundación e imposición, informaciones, cartas de pago, pleitos por impago, escrituras de redención, certificados, etc).

Los censos del Hospital de San Salvador son consecuencia de la actividad financiera de su patronato. Se originan por las sumas de capital principal que el propio duque del Infantado entregaba a particulares o concejos, a cambio de las cuales, éstos se obligan al pago de unos intereses, en forma de canon o pensión, a favor del Centro.

Otras veces, los censos recaían en el Hospital al producirse un legado o herencia de bienes que se encontraban, desde épocas pasadas, sometidos a censo, en cuyo caso la obligación de pago contraída se transmitía a sus posibles herederos.

Para su concesión, el censatario debía explicar ante el posible censualista la situación financiera en la que se encontraba y la necesidad que tenía del capital. Seguidamente el censualista iniciaba una investigación o información sobre los bienes del solicitante para determinar aquellos que podrían situarse como aval para el censo. Por último, y ante notario, se formalizaban en escritura pública las condiciones, obligaciones, plazos, cantidades y cualquier otro requisito establecido entre el censatario y censualista.

Además de un elevado número de este tipo de censos, denominados jurídicamente censos consignativos, muy habituales en los establecimientos benéficos durante la Edad Moderna, el Hospital de San Salvador disponía de un censo enfitéutico fundado por el concejo de Guadalix, por el cual los vecinos de dicha villa adquieren los derechos de uso y explotación de la dehesa y soto de Placer, a cambio del pago de una pensión anual al establecimiento, en reconocimiento del dominio directo de su patrono sobre la finca .

Ambos tipos de censos, consignativos y enfitéuticos, podían ser perpetuos o redimibles, si bien, con el tiempo todos ellos adquieren la segunda condición puesto que se reconoce al censatario el derecho de redención o de resolución del contrato, en caso de que proceda a la devolución al censualista, de una vez y en metálico, del capital que éste hubiese entregado para la constitución del censo consignativo, o del capital en que se hubiese fijado el valor de la finca en los censos enfitéuticos, dando lugar a la constitución de nuevas escrituras y cartas de pago con las que se extingue la obligación contraída.

Señalar que buena parte de las escrituras de censos pertenecientes a los lugares de La Acebeda, Cinco Villas, Manjirón y San Mamés, todos ellos lugares de la jurisdicción de Buitrago, aparecen en forma de copias testimoniadas fechadas a finales de 1819 a partir de originales aportados por los otorgantes, que se vuelven a escriturar después de la destrucción de los protocolos notariales y de parte del archivo del Hospital con motivo de la entrada de las tropas francesas en la villa, el 30 de noviembre de 1808, después de la Batalla de Somosierra .

La segunda agrupación vendría dada por los documentos fechados en los siglos XIX y XX. Forman en este caso series documentales de mayor volumen, en las que se refleja la repercusión que las leyes desamortizadoras y de beneficencia establecidas por los liberales tienen en el funcionamiento de los, desde entonces, denominados establecimientos de beneficencia particular.

Durante esta etapa, la gestión y administración del Hospital está en manos de los administradores generales del Hospital y del patronato, cuyas funciones eran supervisadas en todo momento por los administradores generales de la Casa del Infantado.
Ocuparon dichos cargos, tal y como se refleja en los documentos que componen este fondo, los siguientes:

ADMINISTRADORES GENERALES DE LA CASA DEL INFANTADO

  • Marqués de Alcañices (primo del duque)1845-1860
  • Pedro Herrero 1845-1860; 1865
  • Ventura González Romero 1860-1863
  • José Jimeno Agius 1885-1890
  • Manuel Moreno Frutos 1870-1873
  • Ignacio Ochoa1891-
  • Pedro Fernández Sánchez-Toril
  • 1912-1921

ADMINISTRADORES DEL HOSPITAL DE SAN SALVADOR Y PATRONATO DEL DUQUE DEL INFANTADO

  • José María Díaz de Cevallos1851-1900
  • Francisco de la Plaza Hinojosa1878-1889
  • Felipe Hernanz (yerno de Francisco de la Plaza)1889
  • Bernardino Rivera1889-1910
  • Guillermo Hernanz (hijo político del anterior)1910-

Se compone principalmente de 4 series: Correspondencia de Obras pías, Cuentas de obras pías, Presupuestos de obras pías e Inventarios de bienes de obras pías.

La primera de ellas Correspondencia de obras pías está formada por 16 registros fechados entre los años 1729 y 1944, y agrupa las cartas enviadas y recibidas por los encargados de la administración del Hospital y por el administrador general del mismo, y entre éste último y los administradores generales y contadores de la Casa del Infantado.
En ella se tratan diversos asuntos de la administración del Patronato (arrendamientos de bienes, rendición de cuentas, presupuestos de obras y reparaciones, cobranza de rentas y censos, nombramientos de cargos, etc.).
Además se han formado por el administrador algunos dosieres de correspondencia recopilando antecedentes sobre temas de interés tales como: aprobación de cuentas y presupuestos por la Junta Provincial de Beneficencia, inscripciones de deuda pública y cobro de intereses, censos (reclamaciones, redenciones y reconocimientos), fundación del Hospital de San Salvador, exceptuación de los bienes y censos del Patronato de la aplicación de la ley Madoz, Prado Palancar (pleito del censo que pagan los vecinos de San Mamés, pleito con la Casa de Noblejas…).
Señalar también la correspondencia mantenida con la alcaldía de Buitrago entre los años 1884-1885 solicitando auxilios económicos, para atender enfermos, en caso de producirse una epidemia de cólera.
La serie de Cuentas de obras pías está formada por 36 registros fechados entre los años 1613 y 1913, si bien la serie solo presenta una continuidad cronológica durante el último tercio del siglo XIX y primera década del XX.

Su formalización aparece reglamentada en la Instrucción, de 27 de abril de 1875, para el ejercicio del Protectorado del Gobierno en la beneficencia particular, en los arts. 103 y 104, que reconocen la obligación, por parte de los representantes de las fundaciones, de remitir a la Junta Provincial de Beneficencia, la cuenta cerrada de todas las operaciones económico administrativas realizadas durante el año.

Entre 1875 y 1901 dichas cuentas se presentan por año económico, quedando cerradas a 30 de junio, mientras que a partir de dicho año se presentan por año natural.

Corresponde al encargado del Hospital de San Salvador la formación del borrador inicial de la cuenta, siendo remitida al administrador general para su revisión y formalización, quien a su vez, la remite a los contadores de la Casa del Infantado, para su aprobación, en nombre del patrono, si bien, en ocasiones, se acompaña de un decreto del propio duque autorizando la cuenta.

Acompañan a la cuenta propiamente dicha, una relación nominal de los deudores y acreedores, con expresión de conceptos y cantidades. Se redactarán dos copias y uno de los ejemplares de la misma irá acompañado de los justificantes necesarios (órdenes de pago, recibos, autorizaciones de gastos…).

Los dos ejemplares de la cuenta aprobada por el Patrono se remiten a la Junta Provincial de Beneficencia quien examinará, informará por escrito en el ejemplar indocumentado, registrará y elevará dichas cuentas a la Dirección General de Beneficencia. Por el Negociado de Contabilidad de la Sección se procederá al examen de las cuentas recibidas, proponiendo su aprobación o reparos. De las cuentas aprobadas se remite el ejemplar documentado al propio Hospital, con diligencia autorizada que acredite la aprobación.

La serie llamada presupuestos de obras pías está formada por 30 registros fechados entre los años 1875 y 1910.

La formación de esta serie viene determinada en los artículos 97 a 102 de la Instrucción de 27 de abril de 1875, siendo obligado remitir a la Junta Provincial de Beneficencia el presupuesto de ingresos y gastos que deben satisfacerse en el año económico siguiente.

Como en el caso anterior, hasta el año 1901 los presupuestos se formalizan por año económico con fecha de inicio en el 1 de julio, mientras que desde dicho año responden a año natural, cono inicio el 1 de enero.

Se redactarán dos copias, y a cada presupuesto acompañará una relación detallada de los bienes y valores de la fundación, especificando el capital que representan y la renta que producen. Asimismo acompaña también al presupuesto una relación del número de camas y de enfermos o acogidos que se considera causarán estancia.
El trámite seguido para la presentación y aprobación de los presupuestos es también muy similar al de aprobación de las cuentas. La Junta Provincial de Beneficencia examinará, informará por escrito en el ejemplar indocumentado, registrará y elevará dichos presupuestos a la Dirección General de Beneficencia. Por el Negociado de Contabilidad se procederá al examen de los presupuestos recibidos, proponiendo su aprobación o reforma. De los presupuestos aprobados se devolverá el ejemplar no informado a los que lo presentaron, con diligencia autorizada que acredite la aprobación.

La serie Inventarios de bienes de obras pías esta formada por 26 registros fechados entre los años 1736 y 1909, si bien, al igual que en los casos anteriores, la continuidad cronológica de la misma se sitúa en el siglo XIX. Se refieren generalmente al mobiliario y enseres existentes en el Hospital de San Salvador para la asistencia y uso de los enfermos o acogidos; efectos y alhajas pertenecientes a la iglesia del Hospital; y censos y fincas propiedad del Hospital.

Todas estas series ofrecen detallada información sobre los ingresos y gastos del Hospital, durante el último tercio del siglo XIX y principios del siglo XX, siendo los primeros, producto de la explotación y arrendamiento de fincas propiedad del Hospital, réditos y redenciones de censos, y rentas del Estado, mientras que los segundos se refieren al personal (facultativo, eclesiástico y administrativo), socorros a los pobres, alimentos, botica, contribuciones, obras y reparaciones, mobiliario, seguros de incendios y otros gastos diversos.

Además de los documentos relativos al Hospital de San Salvador, figuran dentro de la sección de patronato y obras pías documentos correspondientes a otras obras pías:

  • Convento de San Juan de Religiosos Descalzos de San Francisco, situado en la villa de Colmenar Viejo. Figura en este fondo un registro encuadrado en la serie fundaciones de obras pías, fechado en 1742, que contiene un traslado autorizado por Nicolás de Santos Florez, escribano de la villa de Colmenar, de ciertos documentos fechados entre los años 1593 y 1704, que constaban en el Libro de Fábrica del citado convento, relativos a su fundación, toma de posesión del patronazgo, construcción, rentas, limosnas y propiedades.
    Se desconoce el motivo por el que figura entre los documentos de este fondo, si bien, es notoria la participación de los duques del Infantado, como señores jurisdiccionales de la villa de Colmenar, en los gastos de su ejecución y mantenimiento.
    En 1596 Andrés Berrocal y su mujer Ana González disponen en su testamento la voluntad de fundar un convento a partir de la donación de sus propiedades, casas y tierras. En 1619 tiene lugar la colocación de la primera piedra y en 1622 la ceremonia inaugural. Desde entonces se mantiene como parte esencial de la vida espiritual de la villa.
    En 1847, como consecuencia de los procesos desamortizadores, se destina a la administración de rentas nacionales, permaneciendo la capilla abierta al culto. En 1877 se cede al Ministerio de la Gobernación para establecer la cárcel del partido, produciéndose desde entonces modificaciones parciales para otros usos hasta su total demolición.

  • Hospital de San Miguel, situado en la villa de Pastrana y perteneciente al patronato de los duques del Infantado. Los documentos sobre este Centro están fechados entre los años 1886 y 1911, y se incluyen en los registros relativos a tales años de las series denominadas presupuestos de obras pías y cuentas de obras pías, siendo la razón de su inclusión en las mismas el hecho de que la administración general del Hospital de San Salvador de Buitrago y la del Hospital de San Miguel de Pastrana, recayera en la misma persona: José María Díaz de Cevallos entre 1885 y 1900 y Bernardino Rivera entre 1901 y 1910.

DUCADO DEL INFANTADO