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Historia
El fondo Condes de Chinchón custodiado en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid está formado por los documentos reunidos por el matrimonio formado por María Belén Morenés y Arteaga, condesa de Bañares, y Camilo Carlos Adolfo Rúspoli y Caro, duque de Alcudia y conde de Chinchón, en calidad de descendientes de dos grandes casas nobiliarias –condado de Chinchón y marquesado de Valmediano-.
A estos documentos se agrega un subfondo, ajeno a la casas nobiliarias, relativo a los familia Ortiz de Zárate, administradores locales de los condes en sus posesiones situadas en el término de Chinchón.
• El legado de Carlota Luisa de Godoy y Vallabriga: Condado de Chinchón, Ducado de Alcudia y de Sueca.
A pesar de que cada uno de estos títulos tiene un origen y evolución histórica muy diferente, a efectos de exposición de este fondo de archivo, se presentan de modo conjunto, puesto que con ello se hace referencia a los títulos nobiliarios recibidos por herencia materna y paterna por Carlota Luisa de Godoy y Vallabriga, hija única de Manuel Godoy y de María Teresa de Borbón y Vallabriga.
La historia del condado de Chinchón se remonta al año 1480, cuando los Reyes Católicos conceden a Andrés Cabrera y su esposa Beatriz de Bobadilla, un amplio territorio como recompensa por su apoyo a la causa isabelina en la guerra de sucesión tras la muerte de Juan II y por los servicios posteriores prestados a los monarcas.
Se forma sobre tierras perteneciente al alfoz de la ciudad de Segovia, lo que ocasiona a sus titulares numerosos enfrentamientos con esta villa que se suceden durante gran parte del siglo XV. De esta forma, son eximidos de la jurisdicción segoviana mil doscientos vasallos en todo el sexmo de Valdemoro y parte del de Casarrubios:
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Sexmo de Casarrubios: La Veguilla, Odón (Villaviciosa de Odón), Moraleja de Enmedio, Moraleja la Mayor, Serranillos, La Cabeza, La Zarzuela, La Puebla de Mari-Martín, Tiracentenos, Sacedón, Cienvallejos, Brunete y Quijorna
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Sexmo de Valdemoro: Valdelaguna, Chinchón, Villaconejos, Bayona, San Martín de la Vega, Seseña y Ciempozuelos
El 9 de mayo de 1520 Carlos V concede a Fernando Cabrera y Bobadilla, hijo de Andrés Cabrera y Beatriz de Bobadilla, el título de conde de Chinchón, por su fiel defensa del Alcazar de Segovia frente al asalto de los comuneros, con lo que el anterior señorío se convierte en Condado.
A los litigios con la antigua villa se suman desde entonces otros dos problemas que marcan la evolución en el tiempo del ahora condado de Chinchón: pleitos sucesorios por la sucesión del condado y enfrentamientos con las villas por el cobro de impuestos.
En 1738, previo consentimiento de Felipe V, Gisepe Sforza Cesarini, XI conde de Chinchón, vende el condado al infante Felipe de Borbón y Farnesio, y éste en 1761 a su hermano Luis, a quien sucedió su hijo Luis María de Borbón y Vallabriga, el cual, tras morir sin descendencia en 1803, lega el condado a su hermana María Teresa de Borbón y Vallabriga que permanece como XV condesa de Chinchón hasta su fallecimiento en 1828.
Los títulos de ducado de Alcudia y de Sueca son mucho más modernos, siendo concedidos por Carlos IV a Manuel Godoy y Álvarez-Faria en 1792 y 1804, en reconocimiento a sus servicios a la Corona. Su denominación hace referencia a las villas de Alcudia y Sueca, por entonces poderosos centros agrícolas situados en la albufera de Valencia.
Tras la muerte de sus padres – Mª Teresa en 1828 y Manuel Godoy en 1851-, Carlota Luisa de Godoy y Vallabriga, se convierte en única heredera, acumulando en su persona los títulos nobiliarios de ambas familias.
Además, el 30 de abril de 1853 la reina Isabel II, ante las vicisitudes pasadas por su prima tras la caída de su padre Manuel Godoy, crea para ella el nuevo título de marquesa de Boadilla del Monte.
Carlota Luisa, casada desde 1821 con el príncipe italiano Camilo Ruspoli, cede en vida parte de sus títulos a sus dos hijos: Adolfo se convierte desde 1855 en II duque de Alcudia y Luis desde 1854 en II marqués de Boadilla del Monte.
Adolfo Rúspoli y Godoy se casa con Rosalía de Álvarez de Toledo y Silva (hija de Pedro Alcántara de Álvarez de Toledo y Palafox, XVII duque de Medina Sidonia), con la que tiene 5 hijos, de los cuales Carlos Luis Rúspoli y Álvarez de Toledo, tras la muerte de su abuela Carlota Luisa en 1886, y de su padre en 1914, vuelve a reunir en su persona los títulos de: XVII Conde de Chinchón, III Duque de Sueca y III Duque de Alcudia.
Su tío Luis Rúspoli y Godoy, segundo hijo de Carlota Luisa, se casa con Emilia Landi con la que tiene un hijo Camilo Rúspoli Landi que hereda el título de III Marqués de Boadilla del Monte (1894-1945). El título pasa a su hijo Paolo Rúspoli Orlandini, IV Marqués de Boadilla, que muere sin descendencia, pasando el título en 1970 a su primo Camilo Carlos.
Carlos Luis Rúspoli y Álvarez de Toledo se casa con Mª del Carmen Caro y muere en 1936, siendo su sucesor en los títulos su hijo Camilo Carlos Adolfo Rúspoli y Caro, el cual entre los años 1936 a 1975 reúne de nuevo los tradicionales títulos familiares en su persona: XVIII Conde de Chinchón; IV Duque de Sueca; IV Duque de Alcudia, a los que se añade desde 1970 el título de V Marqués de Boadilla del Monte.
A ello es preciso añadir otros bienes y posesiones que Carlota Luisa y sus herederos van recibiendo de familiares cercanos (herencia de la Duquesa de San Fernando, tía de la condesa de Chinchón, en las villas de Aranjuez y Zacatena); aquellos que adquieren por procesos de compra de los llamados Bienes Nacionales procedentes de la desamortización civil y eclesiástica (fincas en las provincias de Zamora, Segovia, Plasencia, Cáceres y Trujillo); o como consecuencia de la inversión en títulos de deuda española y valores bursátiles en París.
La obtención de un título nobiliario de Grandeza de España significaba para sus propietarios además de prestigio y posición en la alta sociedad de la época, la obtención de un cúmulo de rentas y propiedades, que en el caso que nos ocupa se dispersaban por gran parte de la geografía española.
Corresponde a los administradores y apoderados generales la aprobación de cuentas generales, el nombramiento de administradores locales y la elaboración de instrucciones sobre administración y contabilidad. En este ámbito destacan las figuras de: Juan Bautista Dusmet (1728-1747); Blas Manuel Dusmet (1763-1784); Francisco del Campo (1791-1807); Justo de Peñalver (1813-1818); Bernardo de Torre Rojas (1852-1874) y Antonio Navarro Zamorano (1854-1883).
Para el control y administración de cada uno de sus territorios se implanta una red de administraciones locales o subalternas, cuyo ámbito no está fijo ni obedece a una circunscripción civil o administrativa concreta, sino que se configuran conforme a las necesidades de administración interna de las propiedades y el criterio del administrador o apoderado general.
A pesar de las variaciones, durante gran parte del siglo XIX y primer tercio del XX se mantiene una división territorial más o menos estable, compuesta por las siguientes administraciones locales:
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Ávila: Administración de Arenas de San Pedro: Palacio de la Mosquera
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Badajoz: Administración de Badajoz-Mérida (dehesa de Hinojales, dehesa de la Barraquera, dehesa de Las Tiendas) y Administración de la Serena (agostaderos, dehesas y quintos en Castuera, Campanario, La Serena, Cabeza de Buey, Egido de Esparragosa de Lares)
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Cáceres: Administración de Araya (dehesa de Araya, propiedades en Membrío)
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Cádiz: Administración de Sanlúcar de Barrameda (casa en la Plaza Alta, Donadío de Buenavista, Corchuelo, Llanos de Vico, Viñas del Espíritu Santo, y hazas de tierra en Trebujena)
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Granada: Administración de Granada y Huétor-Santillán (casas y cortijos).
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Huelva: Administración de Puebla de Guzmán/Bollullos (dehesa Alquería de la vaca)
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Madrid: Administración de Chinchón (fincas y propiedades en Chinchón, Valdelaguna (Bosque de Valdemorera), Villaconejos, Bayona de Tajuña (después Titulcia), Ciempozuelos, Seseña y San Martín de la Vega); Administración de Madrid (casa de la plaza del Duque de Alba, casas en la calle Barquillo); Administración de Villaviciosa y Boadilla (fincas y castillo de Villaviciosa de Odón, fincas y palacio de Boadilla del Monte, fincas en Moraleja de Enmedio )
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Segovia: Administración de Segovia (casas y censos en Segovia, coto de la Serna en Roda de Eresma, fincas y censos en Valseca, fincas en Carbonero el Mayor, Cuellar y Sepúlveda, tierras en Zamarramala)
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Valencia: Administración de Sueca (rentas y propiedades en Sueca).
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Zamora: Administración de Zamora (Aceñas de Olivares, finca de Villagodio, fincas en San Román de los Infantes.
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Zaragoza: Administración de Zaragoza
Mención especial suponen los bienes vinculados desde el siglo XVI al Patronato de Nuestra Señora de la Piedad, declarados con arreglo a la Ley de 2 de septiembre de 1841 (desamortización de Espartero) como propiedad particular de los condes de Chinchón, por cumplir los requisitos de los llamados “patronatos de sangre”.
La fundación de esta obra pía se remonta al año de 1586, cuando por Bula de 19 de mayo, Sixto V otorga a Diego Fernández de Cabrera, conde de Chinchón, la fundación de 7 capellanías en la Iglesia de Nuestra Señora de la Piedad de Chinchón, con derecho de Patronato para el conde y sus sucesores, vinculándola de forma perpetua a sus propios bienes.
En 1590 se promulgan las primeras constituciones dadas por el conde de Chinchón, para el cumplimiento de estas primeras 7 capellanías.
La concesión del derecho de patronato sobre la obra pía conduce al Arzobispado de Toledo a interponer una demanda por contravenir la Bula papal los dictados del Consejo de Trento y los poderes jurisdiccionales del Arzobispado de Toledo.
Entre tanto, se produce una agregación de nuevas capellanías por los sucesores del conde de Chinchón a la primitiva obra: capellanes procedentes del testamento de Andrés de Bobadilla, arzobispo de Toledo, hermano del Conde, y de Mencía de la Cerda, madre del mismo.
En 1606 Diego e Inés Pacheco fundan un Mayorazgo, en el que incorporan y agregan al mayorazgo antiguo y Estado de Chinchón, todos sus bienes, declarando que, a falta de descendientes legítimos, recayese el aumento y agregación de bienes la mitad al Convento de religiosas Franciscas de Chinchón y la otra mitad a la Capellanía.
Esta disposición se verifica tras la muerte del conde Francisco Fausto, su nieto, sin descendencia, por lo que en 1661 se forma hijuela para tratar de repartir el montante entre los dos beneficiarios.
Con tal motivo, se intenta zanjar el problema del derecho de Patronato, llegándose a una Concordia celebrada entre el cardenal Aragón, arzobispo de Toledo, y la condesa de Chinchón. En ella se fijaba las condiciones del derecho de patronato de los condes de Chinchón, se aumentan las rentas de las capellanías y su número, hasta 17.
La Concordia fue autorizada por Clemente X en 1672.
En 1750, dado que las constituciones dadas para el gobierno de las 7 primeras capellanías en 1590 habían quedado anticuadas y no reflejaban la realidad de administración de las 25 capellanías existentes, todas ellas fundadas por los condes de Chinchón, se decretan las segundas constituciones para el gobierno de la Capilla y capellanes de Nuestra Señora de la Piedad.
Las capellanías están dirigidas por un capellán mayor y 24 capellanes menores, cuya dotación y rentas componen una masa común formada por todos los legados y asignaciones vinculados a cada una de ellas. Todas ellas son colativas, formadas por clérigos nombrados mediante título de colacción, puesto que su objeto es la celebración de misas en la capilla de la iglesia parroquial.
Todos ellos se juntarán en la Sala Capitular formando el Cabildo o Junta de capellanes.
El aumento del número de capellanías y la aceptación de Aniversarios particulares por parte de los capellanes, provoca el enfrentamiento con los curas de la parroquia, por lo que se determina que en adelante, los capellanes deberán pedir licencia al Beneficiado y Sacristán de la parroquia y pagar sus justos derechos, si querían celebrar aniversarios particulares.
Las rentas se distribuyen en dos partes:
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Rentas de fábrica: forman un sexto de la masa total común. Se destina a material, costes de cera, salarios de algunos cargos, oblatas, ornamento y alhajas, mantenimiento del edificio de la Iglesia, reparos y mantenimiento de la capilla mayor.
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Rentas de capellanes: forman los cinco sextos de la masa total común. Se destina a la dote de los 25 capellanes.
El Secretario contador está obligado a rendir cuentas en el mes de enero de cada año, en forma de cargo y data. Corresponden a la Data las partidas de gastos por la cobranza, administración y conservación de bienes, salarios, quindenios pagados a la Cámara Apostólica y Subsidio.
Los fondos consignados para dotación de los Aniversarios particulares ajenos de esta Fundación, se hallaban mezclados con los de las capellanías propias de los condes de Chinchón, por estar inclusos en censos de mayor cantidad, por lo que su separación fue prácticamente imposible. Es por ello que en 1750 se decide aplicar a la Fábrica los gastos correspondientes al cumplimiento de dichos Aniversarios.
Las Cuentas se estregaban al apoderado de los condes de Chinchón, el cual, por espacio de 12 días, las reconocía y legitimaba, o extendía los reparos convenientes, quedando cerradas únicamente tras su total aprobación.
Por Real Cédula de 25 de septiembre de 1798 se ordena la enajenación forzosa de los bienes raíces procedentes de Hospitales, Hospicios, Casas de Misericordia, de Reclusión, de Expósitos, Cofradías, Memorias y Obras Pías, y Patronatos de legos. Los productos de estas ventas, así como los capitales de los censos que se redimiesen pertenecientes a estos establecimientos y fundaciones, se pondrán en la real Caja de Amortización bajo el interés anual del 3%.
Se exceptúan de esta regla los bienes de las fundaciones con patronato activo o pasivo por derecho de sangre, siempre que sus poseedores fuesen, además de patronos, administradores y percibiesen sus productos.
Se consideraban patronatos de sangre aquellas capellanías laicales cuyo fundador obliga a su posesión a individuos de una rama, familia o dinastía determinada, condición que cumplía la antigua Capellanía de Nuestra Señora de la Piedad.
Posteriormente, la Ley de 19 de agosto de 1841, dispuso que los bienes de las capellanías fueran adjudicados, según las reglas que la propia ley determinaba, a los descendientes del fundador, aspecto que en este caso y como ya se ha expuesto, queda determinado en la Ley de 2 de septiembre de 1841 por la que los bienes del Patronato se declaran propiedad particular de los condes de Chinchón.
• El legado de los Arteaga: el marquesado de Valmediano
El Marquesado de Valmediano fue concedido por Carlos II el 1 de diciembre de 1692 a Tomás Isidro de Chiriboga y Mendoza, gentilhombre de cámara de Carlos II. Se encontraba emparentado con la familia Mendoza y con los duques del Infantado a través de su madre María Hurtado de Mendoza, de quien heredó el Señorío de Fresno de Torote.
Falleció en 1708 sin herederos directos y sus títulos y posesiones pasaron a su hermana Isabel de Chiriboga y Mendoza, casada con Juan Antonio de Arteaga Lazcano. Fue II marqués de Valmediano el hijo de ambos Juan Raimundo de Arteaga Chiriboga (1677-1761).
A partir de él, el título permanece vinculado al apellido Arteaga. A través de los matrimonios quedan emparentados con los Manrique de Lara, Carvajal, Pimentel, Téllez Girón, etc. Por herencia acumularon numerosos títulos y las propiedades vinculadas a ellos principalmente durante el siglo XIX: Marquesado de Valmediano, Ducado del Infantado, Marquesado de Ariza, Marquesado de Armunia, Marquesado de Cea, Marquesado de Estepa, Marquesado de Guadalest, Marquesado de la Guardia, Marquesado de Távara, Condado de Corres, Condado de Saldaña, Condado de Monclova, Condado de Santa Eufemia, Condado de Santiago, Condado del Real de Manzanares, Condado del Serrallo, Señorío de Lazcano, Señorío de Fresno de Torote, etc.
El V marqués de Valmediano, Andrés Avelino de Arteaga Palafox (1780-1864) se casó con Joaquina Josefa de Carvajal y Manrique de Lara (1771-1846), nieta del primer duque de San Carlos, Fermín Francisco de Carvajal-Vargas y Alarcón.
Su primogénito Andrés Avelino de Arteaga Carvajal (1807-1850) se casó con Fernanda de Silva y Téllez-Girón, Dama de la Real Orden de la Reina María Luisa y hermana del duque de Osuna.
En 1882, a la muerte de Mariano Téllez-Girón y Beaufort Esportín, duque de Osuna y duque del Infantado, sus 39 títulos fueron repartidos entre varios de sus familiares, ya que la Corona no quería que una sola persona acumulara tantos títulos y posesiones. Se produce entonces el desmembramiento del vasto linaje de los Osuna entre diferentes ramas familiares, entre las que se situaba la de los Arteaga, lo que daría lugar a numerosos pleitos, concordias y acuerdos entre ellas.
En 1892 se concede a Andrés Avelino de Arteaga y Silva (1833-1910), VII marqués de Valmediano, el Ducado del Infantado y otros títulos menores, correspondientes al reparto de la herencia de su madre y de su tío el duque de Osuna.
De su matrimonio con María Belén de Echagüe y Méndez de Vigo, nacen varios hijos, entre los que se encuentran Joaquín de Arteaga y Echagüe, heredero del título y por ello VIII marqués de Valmediano y XVII duque del Infantado, y María de las Mercedes Arteaga y Echagüe, quien hereda los siguientes títulos menores correspondientes a sus padres: XIV marquesa de Campoo, XVII marquesa de Argúeso; XVII condesa de Bañares; y XIV condesa de Villada.
Casada en 1901 con Luis Morenés y García-Alesson, su segunda hija nacida en 1906 fue María Belén Morenés de Arteaga, la cual recibe el título de XVIII condesa de Bañares, pasando a ser condesa consorte de Chinchón tras su matrimonio con Camilo Carlos Rúspoli y Caro.
Por último y como ya se ha explicado anteriormente ((Véase Historia archivística) Mª Belén Morenés y Arteaga, descendiente directa del VII marqués de Valmediano, ostenta entre los años 1975 y 1999 la condición de condesa viuda de Chinchón y duquesa viuda de Alcudia.
Por vínculos matrimoniales y derechos sucesorios, los Arteaga acumulan extensas propiedades y bienes muebles en municipios del País Vasco, Extremadura, Andalucía, Murcia y Madrid (según el Censo de Bienes Agrícolas de los Grandes de España de 1932 eran propietarios de 17.171 hectáreas), organizadas administrativamente en torno a un administrador y contador general y administradores delegados en cada uno de los territorios.
Señalar que el fondo custodiado en el Archivo Regional reúne documentos relativos a la administración territorial de 3 territorios pertenecientes la marquesado de Valmediano, de lo que se deduce que fueron éstos, los que por reparto sucesorio de los títulos relacionados con los Arteaga fueron otorgadas a Mª de las Mercedes Arteaga y Echagüe.
- El señorío de Fresno de Torote: localidad situada en el extremo oriental de la provincia de Madrid. Señorío territorial fundado por el primer marqués de Santillana y posteriormente parte del señorío de los Mendoza.
El título de señor de Fresno de Torote lo ostentó el primer marqués de Valmediano, Tomás Isidro de Chiriboga y Mendoza, quien lo había heredado de su madre María Hurtado de Mendoza.
El Diccionario Madoz menciona una casa, propiedad del marqués de Valmediano, de mejor construcción que las demás, con molino de aceite, cámaras y las dependencias de una casa de labor, además de oratorio, huerto y palomar. El pueblo es propiedad del mayorazgo de Hurtado de Mendoza, en propiedad del marqués de Valmediano, quien explota las tierras con colonos, por una pequeña renta o gratis. Se cultiva trigo, cebada, viñas y hay algo de ganadería.
- El Condado de Santa Eufemia situado en el norte de la provincia de Córdoba, en el extremo de la actual Comarca de Los Pedroches. Su jurisdicción abarca las villas de Santa Eufemia, con el Castillo de Madroñiz, El Guijo, Los Pedroches, Torre Campo, Torremilanos, Torrefranca (actual Dos Torres), El Viso, Villaralto y parte de Alcaracejos.
El condado se incorporó a las propiedades de los marqueses de Valmediano a través de los títulos de marqués de la Guardia y señor de Santa Eufemia que heredó Andrés Avelino de Arteaga Palafox (1780-1864), 5º marqués de Valmediano.
El Diccionario Madoz menciona la existencia de molinos harineros y de cal, además de producción de trigo, cebada, centeno, habas y garbanzos y ganadería y caza mayor y menor.
- La Colonia de Lorca (Murcia): tierras situadas entre los barrancos de la Torrecilla y Béjar, al suroeste de la ciudad de Lorca y dentro de su término municipal.
En la primera mitad del siglo XIX la comarca padeció una importante regresión demográfica debido a epidemias y sequías prolongadas. A lo largo del siglo las condiciones fueron mejorando gracias a la roturación de las tierras por parte de grandes propietarios. Además mejoraron las infraestructuras hidrológicas con la construcción de la 3ª presa del Pantano de Puentes, en el cauce del rio Guadalentín.
Los marqueses de Valmediano explotaron estas tierras en la segunda mitad del siglo XIX, probablemente por compra reciente, acogiéndose a la Ley de Colonias Agrícolas de 3 de junio de 1868 que concedía ventajas fiscales a los propietarios que introdujeran mejoras en las fincas.
• Familia Ortiz de Zárate
Los primeros indicios sobre el establecimiento de esta familia en Chinchón datan de principios del siglo XVIIII, momento en que parece ser que parte de sus miembros, pertenecientes al estado de hijosdalgo, se trasladan desde municipios del norte de España a la villa de Chinchón, en donde comienzan a ocupar cargos públicos y a acumular propiedades, ya sea por compra o mediante enlaces matrimoniales con las familias más acaudaladas de la zona.
Durante el siglo XIX y primer tercio del siglo XX, algunos miembros de esta familia se sitúan al servicio de los condes de Chinchón, ocupando los cargos de administradores locales de los territorios que ostenta la casa de Chinchón en la zona: Bernardo Ortiz de Zárate (1835-1846); Juan de Dios Ortiz de Zárate (1893-1894); Alberto Ortiz de Zárate (1929-1935)
Se da la circunstancia de que el último de los administradores locales de Chinchón, Alberto Ortiz de Zárate, muere en 1936, al igual que su señor Carlos Luis Rúspoli y Álvarez de Toledo, XVII conde de Chinchón y III duque de Alcudia y de Sueca. Parece ser que el Conde muere durante los bombardeos de Madrid realizados por las tropas nacionales, que alcanzan su casa de la calle Barquillo en la que residía, mientras que su empleado es encarcelado durante unos meses y luego asesinado en el trayecto entre Madrid y Chinchón, lugar al que posiblemente se dirigía.